"Ni lo venidero ni lo pasado te son gravosos, sino siempre lo presente."
Marco Aurelio

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Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación (LFRCF_200521)

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Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación

El texto fuente indica que la Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016. También señala texto vigente con última reforma publicada el 20 de mayo de 2021. Para revisión puntual deben consultarse informes, criterios, programa anual de auditoría y publicaciones de la Auditoría Superior de la Federación.

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Resumen de la ley

La Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación reglamenta la revisión y fiscalización superior de la Cuenta Pública, recursos federales, participaciones, financiamientos, deuda garantizada y situaciones irregulares denunciadas. Define facultades de la Auditoría Superior de la Federación, procedimientos de auditoría, informes individuales y generales, observaciones, recomendaciones, promociones de responsabilidad, fiscalización de recursos federales transferidos, revisión de ejercicios en curso o anteriores, multas, responsabilidades, recurso de reconsideración, relación con la Cámara de Diputados, designación del Auditor Superior, servicio fiscalizador de carrera y participación ciudadana.

Fiscalización superior. Cuenta Pública. Auditorías. Recursos públicos federales. Responsabilidades administrativas graves. Denuncias de hechos. Participación ciudadana. Transparencia y rendición de cuentas.

Lo esencial

Qué regula

  • Fiscalización superior de la Cuenta Pública.
  • Auditorías de gestión financiera, cumplimiento y desempeño.
  • Revisión de recursos federales transferidos.
  • Participaciones federales y deuda garantizada.
  • Denuncias por manejo irregular de recursos públicos.
  • Facultades de la Auditoría Superior de la Federación.
  • Informes individuales, específicos y generales.
  • Observaciones, pliegos y promociones de responsabilidad.
  • Multas y recurso de reconsideración.
  • Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados.
  • Organización y titularidad de la Auditoría Superior de la Federación.

A quién aplica

  • Auditoría Superior de la Federación.
  • Cámara de Diputados.
  • Comisión de Vigilancia.
  • Entidades fiscalizadas.
  • Poderes de la Unión.
  • Entes públicos federales.
  • Entidades federativas, municipios y alcaldías que ejercen recursos federales.
  • Personas físicas o morales públicas o privadas que ejerzan recursos federales.
  • Servidores públicos y particulares vinculados con irregularidades.
  • Sociedad civil que presenta denuncias o propuestas.

Materias principales

  • Fiscalización superior.
  • Cuenta Pública.
  • Auditorías.
  • Recursos públicos federales.
  • Responsabilidades administrativas graves.
  • Denuncias de hechos.
  • Participación ciudadana.
  • Transparencia y rendición de cuentas.
  • Multas y reconsideración.
  • Servicio fiscalizador de carrera.
  • Designación y remoción del Auditor Superior.

Derechos principales

  • Derecho ciudadano a presentar denuncias fundadas por manejo irregular de recursos federales.
  • Derecho de sociedad civil a presentar propuestas para programa anual de auditorías.
  • Derecho de entidades fiscalizadas a reuniones de trabajo y conocimiento de resultados preliminares.
  • Derecho a recurrir multas mediante reconsideración.
  • Derecho a que la fiscalización se rija por legalidad, definitividad, imparcialidad y confiabilidad.
  • Derecho de acceso público a informes e información publicada por la ASF.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Auditoría Superior de la Federación.
  • Cámara de Diputados.
  • Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
  • Comisión de Presupuesto.
  • Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
  • Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
  • Órganos internos de control.
  • Entidades de fiscalización superior locales.
  • Unidad de Evaluación y Control.
  • Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción.

Obligaciones principales

  • Entidades fiscalizadas deben proporcionar información y auxilios requeridos por la ASF.
  • Deben solventar observaciones y atender recomendaciones.
  • La ASF debe realizar fiscalización posterior, externa, independiente y autónoma.
  • La ASF debe publicar criterios, informes y programa anual cuando corresponda.
  • La Comisión debe analizar informes y coordinar relación con ASF.
  • La ASF debe promover responsabilidades, denuncias y acciones cuando detecte irregularidades.
  • Órganos internos de control deben informar seguimiento a presuntas responsabilidades.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Presentación de Cuenta Pública.
  • Programa anual de auditorías.
  • Auditorías presenciales o electrónicas.
  • Reuniones de resultados preliminares.
  • Emisión de informes individuales y general.
  • Solicitudes de aclaración y pliegos de observaciones.
  • Promociones de responsabilidad administrativa.
  • Denuncias de hechos y juicio político.
  • Denuncias ciudadanas por irregularidades.
  • Recurso de reconsideración contra multas.
  • Procedimiento de designación del Auditor Superior.

Sanciones o consecuencias

  • La ASF puede imponer multas por no atender requerimientos.
  • La negativa a entregar información y actos de simulación pueden sancionarse.
  • Las observaciones pueden derivar en aclaraciones, pliegos, denuncias, responsabilidades o juicio político.
  • Irregularidades pueden generar responsabilidades administrativas graves, penales, políticas o resarcitorias.
  • La prescripción de faltas graves es de siete años.
  • La ejecución de multas puede suspenderse si se garantiza su pago al interponer reconsideración.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Auditoría Superior de la FederaciónÓrgano técnico de fiscalización de la Cámara de Diputados.
AuditoríaProceso objetivo para evaluar evidencia sobre uso de recursos y cumplimiento normativo.
Cuenta PúblicaDocumento anual con información financiera, presupuestaria, programática y patrimonial.
Entidades fiscalizadasSujetos que administran, ejercen o reciben recursos públicos federales.
Informes individualesReportes de resultados de auditorías específicas.
Informe GeneralInforme consolidado sobre fiscalización de la Cuenta Pública.
Pliego de observacionesAcción que presume daño o perjuicio y requiere aclaración o reintegro.
Recurso de reconsideraciónMedio contra multas impuestas por la Auditoría Superior de la Federación.
Consulta guiada

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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define objeto constitucional de fiscalización.
2 a 4Regulan alcance, principios y definiciones.
10 y 11Regulan multas y negativa de información.
13 a 17Regulan Cuenta Pública y atribuciones de ASF.
17 Bis y 17 TerPermiten fiscalización por medios electrónicos.
35 a 43Regulan informes, observaciones y promociones.
47 y 52Fiscalizan recursos federales transferidos y deuda garantizada.
59 a 65Regulan denuncias por recursos irregulares.
67 a 79Regulan responsabilidades y reconsideración.
80 a 86Regulan Comisión y Auditor Superior.
110 y 111Regulan participación ciudadana.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Disposiciones generales1 a 12Entender objeto, principios, definiciones, multas y auxilios.
Cuenta Pública13 a 46Revisar fiscalización, auditorías, informes, observaciones y dictamen.
Recursos federales transferidos47 a 58Fiscalizar estados, municipios, alcaldías y particulares.
Denuncias59 a 66Revisar denuncias por recursos públicos irregulares.
Responsabilidades67 a 79Conocer promociones, sanciones, recursos y prescripción.
Comisión de Vigilancia80 a 82Entender relación Cámara-ASF.
Auditor Superior83 a 102Revisar designación, duración, remoción y personal.
Unidad de Evaluación103 a 109Vigilar desempeño de la ASF.
Participación ciudadana110 y 111Presentar propuestas, solicitudes y denuncias.
Plazos importantes
  • La Cuenta Pública se presenta en el plazo constitucional previsto por el artículo 74.
  • Mesa Directiva turna la Cuenta Pública a la Comisión en máximo dos días; la Comisión la turna a la Auditoría en el mismo plazo.
  • El dictamen de la Cuenta Pública debe someterse a votación a más tardar el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación.
  • La ASF rinde informe por denuncias a más tardar diez días hábiles posteriores a la conclusión de la auditoría.
  • Órganos internos de control informan a la ASF dentro de treinta días hábiles posteriores a recibir informe de presunta responsabilidad.
  • El recurso de reconsideración contra multas se presenta dentro de quince días.
  • La acción para sancionar faltas administrativas graves prescribe en siete años.
  • El Auditor Superior dura ocho años y puede ser nombrado nuevamente una sola vez.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación?

Regula cómo la Auditoría Superior de la Federación revisa la Cuenta Pública, recursos federales, irregularidades y responsabilidades.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar auditorías, observaciones, denuncias ciudadanas, multas, Cuenta Pública, responsabilidades o informes de fiscalización.

¿Quién fiscaliza la Cuenta Pública?

La Auditoría Superior de la Federación, como órgano técnico de la Cámara de Diputados, realiza fiscalización posterior, externa e independiente.

¿La ciudadanía puede presentar denuncias?

Sí. Cualquier persona puede presentar denuncias fundadas con documentos o evidencias sobre manejo irregular de recursos públicos federales.

¿Qué pasa si se detectan irregularidades?

Pueden emitirse observaciones, pliegos, promociones de responsabilidad, denuncias penales, denuncias de juicio político o sanciones administrativas.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación

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LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 20-05-2021

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: