Ley [LFRCF_200521]

Artículo 57 de Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 57.- La Auditoría Superior de la Federación, verificará y fiscalizará la instrumentación, ejecución y resultados de las estrategias de ajuste convenidas para fortalecer las finanzas públicas de las Entidades Federativas y los municipios, con base en la Ley de la matería y en los convenios que para ese efecto se suscriban con las Entidades Federativas y los municipios, para la obtención de la garantía del Gobierno Federal.

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