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Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional (LFTSE)
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Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional
Resumen de la ley
La Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B) Del Artículo 123 Constitucional regula las relaciones laborales entre dependencias, poderes federales, órganos y entidades públicas comprendidas en su ámbito y sus trabajadores de base. Es la ley central del empleo público federal bajo el apartado B del artículo 123 constitucional.
La ley establece clasificación de trabajadores, nombramientos, jornada, salario, vacaciones, licencias, obligaciones, suspensión y cese, escalafón, sindicatos, condiciones generales de trabajo, huelga, riesgos, prescripción, conflictos laborales ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y reglas específicas para conflictos laborales del Poder Judicial de la Federación.
Lo esencial
Qué regula
- Relaciones laborales entre titulares de dependencias y trabajadores de base.
- Trabajadores de confianza y exclusiones del régimen.
- Nombramientos, listas de raya, traslados y condiciones de trabajo.
- Jornada, descansos, vacaciones, licencias, maternidad, adopción y lactancia.
- Salario, aguinaldo, primas, quinquenios y deducciones.
- Obligaciones de titulares y trabajadores.
- Suspensión, terminación y cese por causa justificada.
- Escalafón, sindicatos, condiciones generales de trabajo y huelga.
- Riesgos de trabajo, enfermedades, prescripción y procedimientos laborales.
A quién aplica
- A trabajadores de base al servicio de los Poderes de la Unión y órganos comprendidos por la ley.
- A titulares de dependencias, órganos y entidades sujetas al apartado B del artículo 123 constitucional.
- A sindicatos de trabajadores al servicio del Estado.
- A trabajadores de confianza en los aspectos expresamente aplicables y en sus exclusiones.
- A instituciones de seguridad social vinculadas con prestaciones de trabajadores públicos.
- Al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y órganos competentes para conflictos laborales.
- A órganos del Poder Judicial de la Federación en sus procedimientos laborales específicos.
Materias principales
- Derecho laboral burocrático federal.
- Trabajadores de base y de confianza.
- Nombramientos y estabilidad.
- Jornada, descansos, vacaciones y licencias.
- Salario, aguinaldo, primas y deducciones.
- Seguridad social y riesgos de trabajo.
- Escalafón y promociones.
- Sindicatos, condiciones generales de trabajo y huelga.
- Procedimientos ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
- Conflictos laborales del Poder Judicial de la Federación.
Derechos principales
- Estabilidad en el empleo para trabajadores de base conforme a los requisitos legales.
- Jornada máxima, descansos, vacaciones, licencias y protección de maternidad, adopción y lactancia.
- Salario irrenunciable, aguinaldo, quinquenios y prestaciones aplicables.
- Igualdad salarial y prohibición de brecha salarial por género en los términos reformados.
- Seguridad social, servicios médicos, vivienda y protección frente a riesgos de trabajo.
- Participación en escalafón y promociones.
- Libertad sindical y voto personal, libre, directo y secreto.
- Derecho de huelga en los supuestos constitucionales y legales.
- Defensa ante cese o sanciones mediante procedimientos laborales.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Los titulares deben preferir reinstalación cuando proceda, cumplir laudos, pagar indemnizaciones, proveer herramientas y garantizar seguridad e higiene.
- Deben efectuar aportaciones de seguridad social y vivienda conforme a la ley.
- Deben otorgar licencias, llevar expedientes y respetar derechos sindicales.
- Los trabajadores deben desempeñar labores con intensidad, cuidado y esmero.
- Deben observar buenas costumbres, condiciones de trabajo, reserva de asuntos, puntualidad y seguridad.
- Deben abstenerse de propaganda indebida, actos de indisciplina, violencia, negligencia grave o revelación de asuntos reservados.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Expedición y aceptación de nombramiento.
- Reclamación por cese injustificado.
- Procedimiento ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
- Registro sindical y depósito de condiciones generales de trabajo.
- Concursos escalafonarios, permutas y promociones.
- Solicitudes de licencia, vacaciones, maternidad, adopción o lactancia.
- Reclamaciones de salario, aguinaldo, quinquenios o deducciones indebidas.
- Procedimiento de huelga.
- Trámite por riesgos de trabajo o enfermedad no profesional.
- Conflictos laborales del Poder Judicial de la Federación.
Sanciones o consecuencias
- El cese sin causa o sin procedimiento puede generar reinstalación, indemnización o pago de prestaciones.
- La falta de pago de aportaciones de vivienda puede constituir falta administrativa grave conforme al texto legal.
- La interferencia indebida en la vida sindical puede generar responsabilidad administrativa.
- Las huelgas ilegales o violentas producen consecuencias laborales y pueden generar responsabilidades.
- Las infracciones no sancionadas específicamente pueden ameritar correcciones disciplinarias o multas.
- Los laudos son obligatorios y su incumplimiento puede activar ejecución ante autoridad competente.
Definiciones importantes
- Trabajador: persona que presta servicio físico, intelectual o de ambos géneros mediante nombramiento o inclusión en lista de raya.
- Trabajador de base: trabajador no incluido en funciones de confianza y con estabilidad después de seis meses sin nota desfavorable.
- Trabajador de confianza: persona que desempeña funciones enumeradas por la ley o por naturaleza de dirección, inspección, vigilancia, fiscalización o manejo.
- Titular: autoridad o persona representante de la dependencia u órgano público empleador.
- Nombramiento: acto que formaliza la relación de trabajo y sus condiciones esenciales.
- Escalafón: sistema para promociones y movimientos con base en conocimientos, aptitud, antigüedad, disciplina y puntualidad.
- Condiciones generales de trabajo: reglas colectivas aplicables en dependencias, depositadas ante el tribunal competente.
Explora a detalle
Artículos clave
- Artículo 1: ámbito de aplicación.
- Artículos 3 a 6: concepto de trabajador, clasificación y base.
- Artículo 10: irrenunciabilidad de derechos.
- Artículo 10 Bis: prohibición de subcontratación de personal salvo servicios especializados permitidos.
- Artículos 21 a 31: jornada, descansos, vacaciones y maternidad.
- Artículos 32 a 42 Bis: salario, aguinaldo y prestaciones.
- Artículos 43 y 44: obligaciones de titulares y trabajadores.
- Artículos 45 a 46 Bis: suspensión, terminación y cese.
- Artículos 67 a 91: sindicatos y condiciones generales.
- Artículos 118 a 151: procedimiento ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
Mapa de temas
- Artículos 1 a 11: ámbito, clasificación, derechos irrenunciables y supletoriedad.
- Artículos 12 a 20: nombramientos, nulidad de condiciones, traslados y catálogos de puestos.
- Artículos 21 a 31: jornada, descansos, vacaciones, maternidad, adopción, lactancia y actividades cívicas.
- Artículos 32 a 42 Bis: salarios, deducciones, horas extra, prima vacacional y aguinaldo.
- Artículos 43 a 46 Bis: obligaciones, suspensión, terminación y cese.
- Artículos 47 a 66: escalafón, vacantes, promociones y permutas.
- Artículos 67 a 91: sindicatos, condiciones generales de trabajo y libertad sindical.
- Artículos 92 a 109: huelga y riesgos de trabajo.
- Artículos 110 a 117: prescripción de acciones.
- Artículos 118 a 165: Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, procedimiento, laudos, ejecución, conflictos del Poder Judicial y correcciones disciplinarias.
Plazos importantes
- 6 meses: plazo para que un trabajador de base sea inamovible si no tiene nota desfavorable.
- 8 horas: jornada diurna máxima.
- 7 horas: jornada nocturna máxima.
- 7 horas y media: jornada mixta máxima.
- 3 horas diarias y 3 veces consecutivas: límite general de trabajo extraordinario.
- 1 día de descanso: mínimo por cada seis días de trabajo.
- 2 periodos de 10 días laborales: vacaciones anuales después de seis meses de servicio.
- 40 días: aguinaldo mínimo anual, pagado en dos partes conforme a la ley.
- 10 días: aviso de vacantes para efectos de escalafón.
- 1 año: prescripción general de acciones laborales, salvo plazos especiales.
- 4 meses, 2 meses o 1 mes: plazos especiales de prescripción para ciertas acciones de trabajadores o titulares.
Preguntas frecuentes
¿A quién protege principalmente esta ley?
Protege principalmente a trabajadores de base al servicio del Estado sujetos al apartado B del artículo 123 constitucional.
¿Cuándo un trabajador de base adquiere estabilidad?
Después de seis meses de servicio sin nota desfavorable, conforme a la regla de inamovilidad prevista por la ley.
¿Cuál es el aguinaldo mínimo?
La ley prevé un aguinaldo anual mínimo de cuarenta días de salario, pagado en dos partes.
¿Los trabajadores pueden sindicalizarse?
Sí. La ley reconoce la organización sindical y reglas de libertad sindical, elección y registro.
¿Dónde se tramitan los conflictos laborales?
En general ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, con reglas especiales para conflictos laborales del Poder Judicial de la Federación.
Índice de artículos
Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional
177 artículos disponibles en LFTSE.
- Artículo 1o
- Artículo 2o
- Artículo 3o
- Artículo 4o
- Artículo 5o
- Artículo 6o
- Artículo 7o
- Artículo 8o
- Artículo 9o
- Artículo 10
- Artículo 10 bis
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 42 bis
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 46 bis
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 69 bis
- Artículo 70
- Artículo 71
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 74
- Artículo 75
- Artículo 76
- Artículo 77
- Artículo 78
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- Artículo 80
- Artículo 81
- Artículo 82
- Artículo 83
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- Artículo 90
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- Artículo 93
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- Artículo 98
- Artículo 99
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- Artículo 101
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- Artículo 118
- Artículo 119
- Artículo 120
- Artículo 120-a
- Artículo 120-b
- Artículo 120-c
- Artículo 121
- Artículo 121-a
- Artículo 122
- Artículo 123
- Artículo 124
- Artículo 124-a
- Artículo 124-b
- Artículo 124-c
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
- Artículo 127 bis
- Artículo 128
- Artículo 129
- Artículo 130
- Artículo 131
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
- Artículo 136
- Artículo 137
- Artículo 138
- Artículo 139
- Artículo 140
- Artículo 141
- Artículo 142
- Artículo 143
- Artículo 144
- Artículo 145
- Artículo 146
- Artículo 147
- Artículo 148
- Artículo 149
- Artículo 150
- Artículo 151
- Artículo 152
- Artículo 153
- Artículo 154
- Artículo 155
- Artículo 156
- Artículo 157
- Artículo 158
- Artículo 159
- Artículo 160
- Artículo 161
- Artículo 162
- Artículo 163
- Artículo 164
- Artículo 165
LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL
Nueva Ley Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1963
TEXTO VIGENTE
Ultima reforma publicada DOF 15-01-2026