Ley [LFTSE]
Artículo 99 de Ley Federal De Los Trabajadores Al Servicio Del Estado, Reglamentaria Del Apartado B\) Del Artículo 123 Constitucional
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 99.- Para declarar una huelga se requiere:
- I- Que se ajuste a los términos del artículo de , y
- II- Que sea declarada por las dos terceras partes de los trabajadores de la dependencia afectada.