"No toda recaída va de arriba a abajo, porque arriba y abajo no quieren decir gran cosa cuando ya no se sabe dónde se está."
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Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios (159)

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Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios

El texto fuente indica que la ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1992 y que su última reforma publicada corresponde al 23 de enero de 1998. Debe revisarse junto con la Ley Agraria y la fuente oficial para confirmar vigencia y reglas procesales aplicables.

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Resumen de la ley

La Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios regula la organización, integración, competencia y funcionamiento de los tribunales agrarios federales. Establece al Tribunal Superior Agrario y a los tribunales unitarios agrarios como órganos con plena jurisdicción y autonomía para administrar justicia agraria en todo el país, conforme al artículo 27 constitucional. También define requisitos, designación, duración, impedimentos y responsabilidades de magistrados, así como atribuciones del personal jurisdiccional. Es una ley clave para controversias sobre ejidos, comunidades, tierras, límites, restitución, nulidad de actos agrarios y derechos agrarios individuales o colectivos.

Justicia agraria federal. Tribunal Superior Agrario. Tribunales unitarios agrarios. Competencia en controversias agrarias. Derechos de ejidos y comunidades. Magistrados agrarios. Procedimientos de atracción y revisión. Organización jurisdiccional y administrativa.

Lo esencial

Qué regula

  • La estructura de los tribunales agrarios.
  • La integración y competencia del Tribunal Superior Agrario.
  • La competencia territorial y material de los tribunales unitarios agrarios.
  • La designación, ratificación, retiro e impedimentos de magistrados.
  • Las facultades del presidente del Tribunal Superior Agrario.
  • Las funciones de secretarios, actuarios, peritos y unidades administrativas.
  • El régimen de responsabilidades e incompatibilidades.
  • La aplicación supletoria de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en lo conducente.

A quién aplica

  • Tribunal Superior Agrario.
  • Tribunales unitarios agrarios.
  • Magistrados agrarios.
  • Secretarios de acuerdos, actuarios, peritos y personal administrativo.
  • Ejidos, comunidades, ejidatarios, comuneros, posesionarios y avecindados.
  • Personas que intervienen en controversias de tierras, límites, restitución o nulidad de actos agrarios.
  • Autoridades agrarias y autoridades vinculadas con ejecución o cumplimiento de resoluciones.

Materias principales

  • Justicia agraria federal.
  • Tribunal Superior Agrario.
  • Tribunales unitarios agrarios.
  • Competencia en controversias agrarias.
  • Derechos de ejidos y comunidades.
  • Magistrados agrarios.
  • Procedimientos de atracción y revisión.
  • Organización jurisdiccional y administrativa.
  • Responsabilidades de servidores públicos.

Derechos principales

  • Derecho de ejidos y comunidades a justicia agraria especializada.
  • Derecho de las partes a que sus controversias sean resueltas por tribunales con jurisdicción y autonomía.
  • Derecho a que los asuntos sean conocidos por tribunal competente.
  • Derecho a que los magistrados se excusen cuando exista impedimento legal.
  • Derecho a resoluciones en materia de límites, restitución, nulidad y derechos agrarios.
  • Derecho a revisión o intervención del Tribunal Superior Agrario en los casos previstos.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Tribunal Superior Agrario.
  • Tribunales unitarios agrarios.
  • Senado de la República o Comisión Permanente, para designación de magistrados.
  • Ejecutivo Federal, en la propuesta de magistrados.
  • Registro Agrario Nacional y autoridades agrarias, en asuntos vinculados.
  • Poder Judicial de la Federación, por reglas supletorias o control constitucional.

Obligaciones principales

  • Los tribunales agrarios deben impartir justicia conforme a su competencia.
  • El Tribunal Superior Agrario debe fijar distritos y resolver asuntos de su competencia.
  • Los tribunales unitarios deben conocer controversias agrarias asignadas por la ley.
  • Los magistrados deben cumplir requisitos, independencia e imparcialidad.
  • El personal jurisdiccional debe auxiliar correctamente en actuaciones, notificaciones y diligencias.
  • Los servidores públicos agrarios deben observar reglas de responsabilidad.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Promoción de juicios agrarios ante tribunales unitarios.
  • Controversias por límites de tierras ejidales o comunales.
  • Restitución de tierras, bosques o aguas.
  • Nulidad de resoluciones o actos de autoridad agraria.
  • Reconocimiento de derechos agrarios individuales o colectivos.
  • Atracción de asuntos por el Tribunal Superior Agrario.
  • Designación, ratificación o retiro de magistrados.
  • Excusas por impedimento legal.

Sanciones o consecuencias

  • Los magistrados y servidores públicos pueden incurrir en responsabilidades conforme a la legislación aplicable.
  • La existencia de impedimento puede obligar a separar al juzgador del asunto.
  • Actos emitidos por autoridad incompetente pueden ser controvertidos.
  • La falta de jurisdicción o competencia puede afectar el trámite del juicio.
  • El incumplimiento de resoluciones agrarias puede generar consecuencias procesales y administrativas.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Tribunales agrariosÓrganos federales con plena jurisdicción y autonomía para dictar fallos en materia agraria.
Tribunal Superior AgrarioÓrgano integrado por magistrados numerarios y presidido por uno de ellos.
Tribunal unitario agrarioTribunal con competencia territorial para resolver asuntos agrarios en su distrito.
Magistrado agrarioServidor jurisdiccional designado conforme a la ley para impartir justicia agraria.
DistritoÁmbito territorial determinado para la actuación de tribunales unitarios.
CompetenciaMaterias y asuntos que cada tribunal puede conocer.
AtracciónFacultad del Tribunal Superior Agrario para conocer asuntos especiales.
ImpedimentoCausa legal que obliga a separarse del conocimiento de un asunto.
Secretario de acuerdosFuncionario que auxilia en la función jurisdiccional y da fe de actuaciones.
ActuarioServidor encargado de notificaciones y diligencias procesales.
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define a los tribunales agrarios como órganos federales autónomos de justicia agraria.
2Señala que se componen del Tribunal Superior Agrario y tribunales unitarios.
3Regula integración del Tribunal Superior Agrario.
8Enumera atribuciones del Tribunal Superior Agrario.
9Define competencia del Tribunal Superior Agrario.
10Prevé la facultad de atracción.
12Establece requisitos para ser magistrado agrario.
15Regula designación de magistrados.
17Establece duración y ratificación de magistrados.
18Enumera competencia de tribunales unitarios.
27Regula impedimentos de magistrados.
30Remite a responsabilidades de servidores públicos.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Naturaleza de los tribunales1 y 2Entender qué son y cómo se integran los tribunales agrarios.
Tribunal Superior Agrario3 a 11Revisar integración, sesiones, competencia y presidencia.
Magistrados12 a 17Conocer requisitos, designación, duración y retiro.
Tribunales unitarios18Ubicar competencia material de primera instancia agraria.
Personal jurisdiccional19 a 26Identificar funciones de secretarios, actuarios, peritos y unidades administrativas.
Impedimentos e incompatibilidades27 a 29Saber cuándo un magistrado no debe conocer un asunto.
Responsabilidades30Conectar incumplimientos con responsabilidades de servidores públicos.
Plazos importantes
  • El presidente del Tribunal Superior Agrario dura tres años y puede ser reelecto.
  • Los magistrados son designados por un periodo inicial de seis años.
  • Si un magistrado es ratificado al término del periodo inicial, adquiere carácter inamovible conforme a la ley.
  • El retiro de magistrados procede al cumplir setenta y cinco años o por incapacidad física o mental.
  • Los plazos procesales de cada juicio se revisan principalmente en la legislación agraria procesal aplicable.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios?

Regula cómo se organizan y qué asuntos conocen los tribunales agrarios federales encargados de impartir justicia en materia agraria.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para identificar qué tribunal agrario conoce un conflicto, qué competencias tiene el Tribunal Superior Agrario y cómo se integran estos órganos.

¿Qué asuntos conocen los tribunales unitarios agrarios?

Conocen controversias agrarias como límites, restitución de tierras, nulidad de actos agrarios y conflictos sobre derechos ejidales o comunales.

¿Qué es el Tribunal Superior Agrario?

Es el órgano superior de la justicia agraria federal, integrado por magistrados, con facultades de competencia, dirección y atracción en casos previstos.

¿Cómo se designan los magistrados agrarios?

Son designados por el Senado o la Comisión Permanente a propuesta del Ejecutivo Federal, conforme a los requisitos y reglas de la ley.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios

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LEY ORGÁNICA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1992
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 23-01-1998

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
D E C R E T O
"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: