Ley [LFRCF_200521]
Artículo 77 de Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 77.- La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la multa recurrida, siempre y cuando el recurrente garantice en cualesquiera de las formas establecidas por el el pago de la multa.