Ley [LFT]
Artículo 684-t de Ley Federal Del Trabajo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 684-t.- Los resultados del concurso se publicarán en el Diario Oficial de la Federación o en los órganos oficiales de difusión de las entidades federativas, así como en la página oficial del Centro de Conciliación que corresponda.
Artículo adicionado DOF