Ley [LGDNNA]
Artículo quinto de Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes
Texto íntegro, referencias y ley completa.
quinto.. Las disposiciones reglamentarias derivadas de deberán ser expedidas por el Ejecutivo Federal en un plazo no mayor a los ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.