Ley [LGPAS]

Artículo 102 de Ley General De Pesca Y Acuacultura Sustentables

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley General De Pesca Y Acuacultura Sustentables (LGPAS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 102.- Las concesiones sobre aguas de jurisdicción federal, para construir, operar y explotar unidades de producción acuícola se otorgan preferentemente a los propietarios de los terrenos que colindan con dichos cuerpos de agua conforme al procedimiento que establezca el reglamento de esta Ley.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad