Ley [LGSCMM_300919]

Artículo 75 de Ley General Del Sistema Para La Carrera De Las Maestras Y Los Maestros

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 75. La asesoría técnica pedagógica tendrá los siguientes propósitos:

  1. Acompañar, apoyar, asesorar y recomendar a los colectivos docentes conforme a las necesidades de mejora de las prácticas educativas detectadas, a partir de las evidencias, observaciones, visitas y requerimientos expresados por estos colectivos, así como de los procesos y resultados de aprendizaje de los educandos, y
  2. Favorecer experiencias de aprendizaje y formación que incidan en la transformación de las prácticas educativas con la finalidad de mejorar el aprendizaje y desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en la escuela.
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