Ley [LISSSTE]
Artículo cuadragésimo cuarto de Ley Del Instituto De Seguridad Y Servicios Sociales De Los Trabajadores Del Estado
Texto íntegro, referencias y ley completa.
cuadragésimo cuarto.. Las viviendas propiedad del Instituto que a la fecha de entrada en vigor de tenga en arrendamiento se regularán por las disposiciones que, al efecto, emita la Junta Directiva del Instituto.