Ley [LOEFAM]
Artículo 4/o de Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 4/o. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos están integrados por:
- I- Los mexicanos por nacimiento que no adquieran otra nacionalidad y que prestan sus servicios en las Instituciones Armadas de tierra y aire, sujetos a las Leyes y Reglamentos Militares;
Fracción reformada DOF
- Los recursos que la Nación pone a su disposición; y
- Edificios e instalaciones.