Ley [LOPSRM]

Artículo 51 de Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas

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Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas (LOPSRM)

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Artículo 51. Las dependencias y entidades se abstendrán de adjudicar y formalizar contrato alguno en las materias a que se refiere esta Ley, con las personas siguientes:

Párrafo reformado DOF ,

  1. Aquéllas en que la persona servidora pública que intervenga en cualquier etapa del procedimiento de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellas de las que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado, por afinidad o civiles, o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que la persona servidora pública o las personas antes referidas formen o hayan formado parte durante los dos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate;

    Fracción reformada DOF ,

  2. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien, las sociedades de las que dichas personas formen parte, sin la autorización previa y específica de la Secretaría.

    En el caso de las entidades federativas, municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y los entes públicos de unas y otras, la autorización previa será emitida por sus autoridades de control interno;

    Fracción reformada DOF ,

  3. is. Personas morales de derecho privado de las que las personas servidoras públicas designadas por la persona titular del Ejecutivo Federal, formen o hayan formado parte en los dos últimos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate.

    Esta restricción será igualmente aplicable para las personas morales de derecho privado, de las que formen o hayan formado parte en los dos últimos años previos a la fecha de celebración del procedimiento de contratación de que se trate, el cónyuge, concubino, o sus parientes consanguíneos hasta el cuarto grado o hasta el segundo grado por afinidad;

    Fracción adicionada DOF

  4. Aquellos contratistas que, por causas imputables a ellos mismos, cualquier dependencia o entidad convocante les hubiere rescindido administrativamente al menos tres contratos. Dicho impedimento prevalecerá ante las dependencias y entidades convocantes por un plazo de dos años calendario contados a partir de la notificación de la rescisión del tercer contrato;

    Fracción reformada DOF ,

  5. Las que se encuentren inhabilitadas por resolución de la Secretaría o del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

    Tratándose de personas morales, dicha restricción también será aplicable a aquellas que cuenten con socios o asociados que se encuentren inhabilitados;

    Fracción reformada DOF ,

  6. Aquéllas que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil o alguna figura análoga;

    Fracción reformada DOF

  7. Los licitantes que participen en un mismo procedimiento de contratación, que se encuentren vinculados entre sí por algún socio o asociado común.

    Se entenderá que es socio o asociado común, aquella persona física o moral que en el mismo procedimiento de contratación es reconocida como tal en las actas constitutivas, estatutos o en sus reformas o modificaciones de dos o más empresas licitantes o en cualquier otro documento en que se le reconozca con tal calidad, por tener una participación accionaria en el capital social;

    Párrafo reformado DOF

    Fracción reformada DOF

  8. Las que pretendan participar en un procedimiento de contratación y previamente, hayan realizado o se encuentren realizando por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, trabajos de dirección, coordinación y control de obra; preparación de especificaciones de construcción; presupuesto de los trabajos; selección o aprobación de materiales, equipos y procesos, así como la preparación de cualquier documento relacionado directamente con la convocatoria a la licitación, o bien, asesoren o intervengan en cualquier etapa del procedimiento de contratación.

    Las personas que hayan realizado, por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, en virtud de otro contrato, estudios, planes o programas para la realización de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura a que se refiere el artículo 18, párrafo quinto de esta Ley, en los que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, podrán participar en el procedimiento de licitación pública para la ejecución de los proyectos de infraestructura respectivos, siempre y cuando la información utilizada por dichas personas en los supuestos indicados, sea proporcionada a los demás licitantes;

    Párrafo reformado DOF

    Fracción reformada DOF ,

  9. Aquéllas que por sí o a través de empresas que formen parte del mismo grupo empresarial, pretendan ser contratadas para la elaboración de dictámenes, peritajes y avalúos, cuando éstos hayan de ser utilizados para resolver discrepancias derivadas de los contratos en los que dichas personas o empresas sean partes;

    Fracción reformada DOF

  10. Las que hayan utilizado información privilegiada proporcionada indebidamente por servidores públicos o sus familiares por parentesco consanguíneo y por afinidad hasta el cuarto grado, o civil;

    Fracción reformada DOF

  11. Las que contraten servicios de asesoría, consultoría y apoyo de cualquier tipo de personas en materia de contrataciones gubernamentales, si se comprueba que todo o parte de las contraprestaciones pagadas al prestador del servicio, a su vez, son recibidas por servidores públicos por sí o por interpósita persona, con independencia de que quienes las reciban tengan o no relación con la contratación;

    Fracción adicionada DOF . Reformada DOF

  12. is. Aquellas personas que hubieren sido sancionadas por la autoridad competente en materia de libre competencia y concurrencia por una práctica monopólica absoluta. Este impedimento prevalecerá ante las dependencias y entidades convocantes por un plazo de dos años calendario contados a partir de que surta efectos la notificación de la resolución sancionatoria emitida por dicha autoridad;

    Fracción adicionada DOF

  13. er. Aquellas que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y

    Fracción adicionada DOF

  14. Las demás que por cualquier causa se encuentren impedidas para ello por disposición de ley.

    Fracción adicionada DOF

    XIa Secretaría tendrá acceso a la información necesaria con motivo del ejercicio de sus facultades relativas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley, con inclusión de aquélla que las disposiciones legales en la materia consideren con carácter de reservada o confidencial.

Párrafo adicionado DOF

Para el cumplimiento de las atribuciones señaladas en el párrafo anterior, no serán oponibles las disposiciones dirigidas a proteger la secrecía de la información fiscal, con la obligación de mantener la misma en reserva o secrecía, para lo cual se celebrarán convenios de colaboración con las autoridades correspondientes.

Párrafo adicionado DOF

    XIas personas titulares de las Unidades de Administración y Finanzas, o en su caso de la oficialía mayor o su equivalente de la dependencia o entidad, deberá llevar el registro, control y difusión de las personas con las que se encuentren impedidas de contratar, el cual será difundido a través de la Plataforma.

Párrafo adicionado DOF . Reformado DOF

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