Ley [LRFXIIIB_Art123]
Articulo 21
Ley Reglamentaria De La Fracción Xiii Bis Del Apartado B, Del Artículo 123 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 21.- Son causas de separación del empleo sin responsabilidad para el trabajador:
- I- Engañarlo la institución al ofrecerle condiciones de trabajo que no correspondan a las reales. Esta causa de separación dejará de tener efectos después de treinta días de presentar sus servicios el trabajador;
- II- Incurrir el personal directivo o administrativo de la institución, o los familiares de éstos dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos;
- III- Incurrir el personal directivo o administrativo de la institución, o los familiares de éstos fuera del servicio, en los actos a que se refiere la fracción anterior, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo;
- IV- Incurrir la institución con relación al salario, en los siguientes hechos:
- a).- Pagar al trabajador un salario menor al que le corresponda;
- b).- Reducir el salario del trabajador;
- c).- No entregar el salario en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados; y
- d).- Hacer descuentos al salario por conceptos no permitidos en .
- V- Ocasionar el personal directivo o administrativo intencionalmente daños a las herramientas o útiles de trabajo y responsabilizar de ello al trabajador;
- VI- Ocasionar o permitir la existencia de un peligro grave para la seguridad o la salud del trabajador, ya sea por carecer de condiciones higiénicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas preventivas de seguridad que las leyes establezcan;
- VII- Comprometer la institución con su imprudencia o descuido inexcusable la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él, y
- VIII- Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refieren.