Ley [LRFXIIIB_Art123]

Articulo 2o

Ley Reglamentaria De La Fracción Xiii Bis Del Apartado B, Del Artículo 123 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 2o.- Para los efectos de , la relación de trabajo se entiende establecida entre las instituciones y los trabajadores a su servicio, quienes desempeñarán sus labores en virtud de nombramiento.

El sindicato propondrá candidatos para ocupar las vacantes y los puestos de nueva creación, de base, que se presenten en las instituciones; dichos candidatos deberán pasar por el correspondiente proceso de selección establecido por las propias instituciones.

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