QUINTO.- Los proyectos vigentes mencionados en el artículo cuarto transitorio inmediato anterior podrán documentarse bajo el esquema de asociación público privadas regulado en la Ley, en cuyo caso deberá cumplirse con todos los requisitos de un nuevo proyecto, así como celebrarse el convenio modificatorio correspondiente.
Reglamento [Reg_LAPP]
Artículo Transitorio QUINTO de REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Transitorios
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley de Asociaciones Público Privadas (Reg_LAPP)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.