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Ley De Asociaciones Público Privadas (LAPP)
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Ley De Asociaciones Público Privadas
Relación normativa
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Resumen de la ley
La Ley De Asociaciones Público Privadas regula los proyectos en los que una entidad pública y un particular se vinculan mediante contratos de largo plazo para desarrollar infraestructura, prestar servicios o impulsar proyectos productivos, de investigación o innovación. Su núcleo es permitir que el sector privado participe en obras o servicios públicos bajo reglas de viabilidad, autorización, concurso, contratación, supervisión, modificación, terminación y sanción. La ley exige que los proyectos estén justificados, sean socialmente útiles, asignen riesgos de forma clara y respeten principios de transparencia, competencia y responsabilidad en el uso de recursos públicos. Debe leerse junto con las reglas presupuestarias, de obra pública, adquisiciones, bienes nacionales, expropiación y responsabilidades administrativas aplicables.
Lo esencial
Qué regula
- Esquemas de asociación público privada para infraestructura y prestación de servicios.
- Proyectos de inversión productiva, investigación aplicada e innovación tecnológica.
- Estudios previos, análisis de rentabilidad social, factibilidad técnica, jurídica, ambiental y presupuestaria.
- Registro, autorización y programación de proyectos APP.
- Concursos públicos, invitaciones restringidas y adjudicación directa en casos excepcionales.
- Propuestas no solicitadas presentadas por particulares.
- Contratos APP, distribución de riesgos, derechos, obligaciones, modificaciones y terminación.
- Adquisición de inmuebles, bienes y derechos necesarios para los proyectos.
- Supervisión, transparencia, infracciones y sanciones.
A quién aplica
- Dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que promuevan proyectos APP.
- Fideicomisos públicos federales, entidades paraestatales y demás entes federales previstos por la ley.
- Particulares interesados en desarrollar, financiar, construir, conservar, operar o prestar servicios en proyectos APP.
- Desarrolladores adjudicados y sociedades constituidas para ejecutar proyectos.
- Autoridades presupuestarias, de control, supervisión, avalúos y responsabilidades.
- Propietarios o titulares de bienes o derechos requeridos para el proyecto.
- Participantes en concursos, invitados, adjudicatarios y terceros relacionados.
Materias principales
- Planeación y evaluación de proyectos APP.
- Infraestructura pública y servicios de largo plazo.
- Inversión privada vinculada a fines públicos.
- Propuestas no solicitadas.
- Concursos, bases, fallo y formalización contractual.
- Riesgos, garantías, contraprestaciones y modificaciones contractuales.
- Derechos inmobiliarios, adquisición, negociación y expropiación.
- Supervisión del cumplimiento, transparencia y CompraNet.
- Infracciones, sanciones y responsabilidades.
Derechos principales
- Derecho de los participantes a concursar bajo reglas públicas, objetivas y no discriminatorias.
- Derecho de los proponentes no solicitados a que su propuesta sea evaluada conforme a la ley.
- Derecho de los concursantes a conocer bases, criterios de evaluación, aclaraciones y fallo.
- Derecho del desarrollador a recibir contraprestaciones, pagos o aprovechamientos pactados si cumple el contrato.
- Derecho de las entidades públicas a exigir niveles de servicio, calidad, continuidad y cumplimiento contractual.
- Derecho de propietarios o titulares de bienes a procedimientos legales cuando sus inmuebles o derechos sean requeridos.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Las entidades públicas deben justificar viabilidad, conveniencia y rentabilidad social antes de contratar.
- Las dependencias deben publicar información, registrar proyectos y observar reglas presupuestarias.
- Los participantes deben presentar información veraz, cumplir requisitos y sostener sus propuestas.
- El desarrollador debe ejecutar el proyecto conforme al contrato, niveles de servicio, plazos, garantías y permisos aplicables.
- Las partes deben distribuir riesgos y responsabilidades de forma expresa.
- Las autoridades deben supervisar, sancionar y documentar el cumplimiento del proyecto.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Preparación de estudios de viabilidad, factibilidad y rentabilidad social.
- Registro del proyecto en cartera o sistemas presupuestarios aplicables.
- Presentación y evaluación de propuestas no solicitadas.
- Convocatoria, junta de aclaraciones, presentación de proposiciones y fallo de concurso.
- Formalización del contrato APP.
- Constitución de garantías y acreditación de permisos.
- Negociación, adquisición o expropiación de inmuebles y derechos.
- Modificación, cesión, intervención, rescate o terminación del contrato.
- Supervisión, auditoría y procedimiento sancionador.
Sanciones o consecuencias
- El incumplimiento de requisitos de concurso puede provocar desechamiento de propuestas o pérdida de garantías.
- La información falsa, simulación o conductas indebidas pueden generar sanciones administrativas y responsabilidades.
- El incumplimiento contractual del desarrollador puede producir penalizaciones, terminación, ejecución de garantías o rescate.
- Las entidades públicas pueden enfrentar responsabilidades si contratan sin estudios, autorizaciones o soporte presupuestario.
- Los actos contrarios a transparencia, competencia o legalidad pueden ser impugnados conforme a los medios previstos.
- Las infracciones pueden derivar en multas, inhabilitaciones o responsabilidades de servidores públicos y particulares.
Definiciones importantes
| Concepto | Significado en la ley |
|---|---|
| Asociación público privada | Esquema contractual de largo plazo entre sector público y sector privado para prestar servicios, desarrollar infraestructura o ejecutar proyectos vinculados al interés público. |
| Proyecto APP | Proyecto que combina infraestructura, servicios, inversión, operación o mantenimiento bajo un contrato de largo plazo. |
| Desarrollador | Particular que celebra el contrato APP y asume obligaciones de ejecución, financiamiento, construcción, operación o mantenimiento según el proyecto. |
| Propuesta no solicitada | Proyecto presentado por un particular sin convocatoria previa, para que la dependencia evalúe si conviene llevarlo a concurso. |
| Viabilidad | Dictamen o análisis que revisa aspectos técnicos, jurídicos, económicos, ambientales, sociales, presupuestarios e inmobiliarios del proyecto. |
| Concurso | Procedimiento competitivo para adjudicar un proyecto APP conforme a bases, criterios de evaluación y fallo. |
| Riesgo | Contingencia técnica, financiera, operativa, jurídica o de demanda que debe asignarse entre entidad pública y desarrollador. |
| Inmuebles, bienes y derechos | Elementos patrimoniales necesarios para ubicar, construir, operar o conservar el proyecto. |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1 | Define el objeto de la ley y su fundamento constitucional para regular esquemas APP. |
| 2 | Describe qué son los proyectos de asociación público privada y su relación contractual de largo plazo. |
| 3 | Extiende el esquema a inversión productiva, investigación aplicada e innovación tecnológica. |
| 7 | Aclara la relación con las leyes de adquisiciones y obras públicas. |
| 11 | Vincula la información de proyectos APP con CompraNet. |
| 13 | Enumera requisitos y análisis previos para considerar viable un proyecto. |
| 14 | Regula el dictamen de viabilidad y los estudios que lo soportan. |
| 26 | Abre la puerta a propuestas no solicitadas de particulares. |
| 38 | Establece el concurso como regla general de contratación. |
| 60 | Regula la formalización del contrato después del fallo. |
| 64 | Prevé excepciones al concurso mediante invitación o adjudicación directa. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Objeto y alcance | 1 a 8 | Ubicar cuándo una operación puede tratarse como APP y qué normas complementarias aplican. |
| Transparencia y registro | 9 a 11 | Conocer cómo se publican y registran proyectos e información en plataformas oficiales. |
| Preparación del proyecto | 12 a 25 | Revisar requisitos, estudios, análisis de rentabilidad y autorizaciones previas. |
| Propuestas no solicitadas | 26 a 37 | Entender cómo un particular puede proponer un proyecto y cómo se evalúa. |
| Concurso y adjudicación | 38 a 65 | Consultar reglas de convocatoria, bases, propuestas, fallo, defensas y formalización. |
| Bienes y derechos | 66 a 91 | Revisar mecanismos para obtener inmuebles o derechos necesarios para el proyecto. |
| Contratos APP | 92 a 116 | Identificar contenido contractual, garantías, modificaciones, cesiones, terminación y rescate. |
| Supervisión y sanciones | 117 en adelante | Ubicar facultades de vigilancia, infracciones, multas y responsabilidades. |
Plazos importantes
- La entidad puede contar con hasta tres meses para evaluar una propuesta no solicitada y, en ciertos casos, prorrogar ese periodo por un plazo adicional.
- Las bases del concurso deben dar a los participantes tiempo suficiente para preparar propuestas; la ley fija mínimos para la presentación de proposiciones.
- Después del fallo, el contrato debe formalizarse conforme a los plazos y condiciones establecidos en las bases.
- Las propuestas no ganadoras pueden devolverse o destruirse una vez transcurrido el periodo legal posterior al fallo.
- Los contratos APP suelen ser de largo plazo y su duración debe vincularse a la naturaleza, recuperación y operación del proyecto.
- Las modificaciones, prórrogas o terminaciones deben sujetarse a procedimientos, autorizaciones y límites previstos en la ley y en el contrato.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata la Ley De Asociaciones Público Privadas?
Regula proyectos en los que el sector público y particulares colaboran mediante contratos de largo plazo para desarrollar infraestructura, prestar servicios o ejecutar proyectos de interés público.
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para revisar un proyecto de infraestructura o servicios públicos con participación privada, una propuesta no solicitada, un concurso APP, un contrato de largo plazo o la adquisición de bienes necesarios para el proyecto.
¿Todas las obras públicas son asociaciones público privadas?
No. Una APP requiere una relación contractual de largo plazo, distribución de riesgos, estudios de viabilidad y un esquema específico previsto por esta ley.
¿Qué debe revisarse antes de contratar una APP?
Deben revisarse estudios técnicos, jurídicos, económicos, ambientales, presupuestarios, de rentabilidad social, permisos, bienes necesarios y autorización del proyecto.
¿Qué pasa si el desarrollador incumple?
Puede enfrentar penalizaciones, ejecución de garantías, terminación del contrato, sanciones y demás consecuencias pactadas o previstas por la ley.
Índice de artículos
Ley De Asociaciones Público Privadas
149 artículos disponibles en LAPP.
- Artículo primero
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 74
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- Artículo 78
- Artículo 79
- Artículo 80
- Artículo 81
- Artículo 82
- Artículo 83
- Artículo 84
- Artículo 85
- Artículo 86
- Artículo 87
- Artículo 88
- Artículo 89
- Artículo 90
- Artículo 91
- Artículo 92
- Artículo 93
- Artículo 94
- Artículo 95
- Artículo 96
- Artículo 97
- Artículo 98
- Artículo 99
- Artículo 100
- Artículo 101
- Artículo 102
- Artículo 103
- Artículo 104
- Artículo 105
- Artículo 106
- Artículo 107
- Artículo 108
- Artículo 109
- Artículo 110
- Artículo 111
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- Artículo 118
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- Artículo 123
- Artículo 124
- Artículo 125
- Artículo 126
- Artículo 127
- Artículo 128
- Artículo 129
- Artículo 130
- Artículo 131
- Artículo 132
- Artículo 133
- Artículo 134
- Artículo 135
- Artículo 136
- Artículo 137
- Artículo 138
- Artículo 139
- Artículo 140
- Artículo 141
- Artículo 142
- Artículo 143
- Artículo segundo
- Artículo tercero
- Artículo cuarto
- Artículo quinto
- Artículo sexto
LEY DE ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2012
TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 14-11-2025