Reglamento [Reg_LFSA]

Artículo 342 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (Reg_LFSA)

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Artículo 342

TÍTULO DÉCIMO - DE LOS INCENTIVOS, DE LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y ANÁLISIS DE RIESGO · CAPÍTULO I - DE LOS INCENTIVOS

Artículo 342. El procedimiento de selección para este premio se realizará en una sesión. El jurado calificador estará integrado por el presidente, secretario y vocales. Dicho jurado determinará los méritos con que el ganador deberá contar respecto a su trabajo en la prevención, control y erradicación de las enfermedades y plagas de los animales en México. El presidente señalará cuáles de los candidatos cumplen con los requisitos para ser votados en la sesión.

A cada integrante del jurado se le entregará una carpeta que contenga una copia de la información de cada candidato y del currículum vitae del mismo.

Durante la sesión se designará al escrutador y se les entregarán las tarjetas con los nombres de los candidatos al presidente, secretario y cada vocal, quienes tendrán que firmar la tarjeta del candidato al cual le otorgará su voto, mismas que depositarán en una urna. Se elaborará una acta en la que deben quedar establecidos lugar y fecha de la sesión, los nombres del presidente, secretario, escrutador y los vocales, su representación, el nombre del ganador, en qué consiste el premio, el lugar, fecha y hora en que se le hará la entrega del premio.

A cada uno de los sectores que enviaron propuestas se les enviará un comunicado informándoles del veredicto, así como al ganador. La Secretaría tomará las precauciones necesarias para el otorgamiento de la medalla, diploma y la entrega del estímulo económico.

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