Transitorios
PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Reglamento [Reg_LFSP]
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada (Reg_LFSP)
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PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.