Reglamento [Reg_LGEEPA_MPCCA]

Artículo 8o de REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera

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REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Prevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera (Reg_LGEEPA_MPCCA)

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Artículo 8o

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 8o.- Sin perjuicio de lo que establezcan otras disposiciones legales aplicables, compete a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes:

I.- Autorizar el establecimiento de centros de verificación obligatoria de los vehículos del transporte público federal;

II.- Establecer el programa para la verificación de los vehículos del transporte público federal;

III.- Llevar el registro de los centros de verificación obligatoria de los vehículos del transporte público federal;

IV.- Determinar las tarifas que regirán en la prestación de los servicios de verificación obligatoria que lleven a cabo los centros autorizados en los términos del Reglamento; y

V.- Expedir las calcomanías de baja emisión previstas en el Reglamento.

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