Artículo 1290

TITULO VIGESIMO CUARTO - Envasado de los Productos · CAPITULO UNICO

ARTICULO 1290.- Se entiende por envase reutilizable, aquel que una vez utilizado es susceptible de recuperar sus características sanitarias originales, una vez que fue utilizado.

Ver artículo Markdown

Relaciones del artículo 1290

Ampliar

Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 1290 Llegan al 1290
  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Publicidad