Reglamento [Reg_LGS_MCSAEPS]

Artículo 221 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

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REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (Reg_LGS_MCSAEPS)

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Artículo 221

TITULO TERCERO - Agua y hielo para uso y consumo humano y para refrigerar · CAPITULO I - Agua

ARTICULO 221.- Los sistemas privados de abastecimiento a establecimientos, deberán disponer del Certificado de Condición Sanitaria de Agua dentro de los 15 días iniciales de su operación.

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