ARTICULO 57.- Se entiende por grupos subordinados a los siguientes: a los estudiantes, trabajadores de laboratorios y hospitales, empleados, miembros de las fuerzas armadas, internos en reclusorios o centros de readaptación social y otros grupos especiales de la población, en los que el consentimiento informado pueda ser influenciado por alguna autoridad.
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Artículo 57 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
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TITULO SEGUNDO - De los Aspectos Eticos de la Investigación en Seres Humanos · CAPITULO V - De la Investigación en Grupos Subordinados
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