ARTÍCULO 4. La publicidad destinada a ser difundida en el territorio nacional, independientemente de su procedencia, se ajustará a lo dispuesto en la Ley, este Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Reglamento [Reg_LGS_MP]
Artículo 4 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
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TÍTULO PRIMERO - Disposiciones generales · Capítulo único
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