Reglamento [Reg_LGS_MPSAM]

Artículo 84 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica

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REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica (Reg_LGS_MPSAM)

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Artículo 84

CAPITULO IV - Disposiciones para la Prestación de Servicios de Hospitales

ARTICULO 84.- Toda medida diagnóstica, preventiva, terapéutica, rehabilitatoria o paliativa que tenga carácter experimental se sujetará a lo que se establece en los artículos 100, 101, 102 y 103 de la Ley y las demás disposiciones aplicables.

Artículo reformado DOF 01-11-2013

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