CAPITULO IV - Disposiciones para la Prestación de Servicios de Hospitales
ARTICULO 84.- Toda medida diagnóstica, preventiva, terapéutica, rehabilitatoria o paliativa que tenga carácter experimental se sujetará a lo que se establece en los artículos 100, 101, 102 y 103 de la Ley y las demás disposiciones aplicables.
Artículo reformado DOF 01-11-2013