Artículo 57. Las personas titulares de Permisos de Exploración, Permisos para Usos Diversos o Concesiones pueden solicitar a la Secretaría la corrección administrativa de los títulos de permisos o Concesiones con el objeto de rectificar errores u omisiones dentro de los títulos correspondientes.
La solicitud debe acompañarse con el original del Permiso de Exploración, Permiso para Usos Diversos o Concesión objeto de la corrección administrativa y precisar los datos que, presumiblemente se omitieron o se encuentran erróneos y que son susceptibles de corregirse, así como adjuntar las pruebas que estime necesarias para acreditar su solicitud.