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Artículo 154

REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Artículo 154

TÍTULO IV - De las Personas Físicas

Artículo 154. Para efectos del artículo 93, fracción XIX, inciso a) de la Ley, se considera que la casa habitación del contribuyente comprende además la superficie del terreno que no exceda de tres veces el área cubierta por las construcciones que integran la casa habitación.

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