Artículo 261.- En las obras por administración directa, las dependencias y entidades no requerirán llevar la Bitácora a que se refiere la fracción VIII del artículo 2 de este Reglamento; no obstante, deberán utilizar una bitácora para cada una de las obras por administración directa, en la cual asienten las incidencias que se susciten durante la ejecución de los trabajos.
Reglamento [Reg_LOPSRM]
Artículo 261 de REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
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TÍTULO TERCERO - DE LAS OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA
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Ley reglamentada
Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
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Mismo título
Artículo 260 de Reg_LOPSRM
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Mismo título
Artículo 262 de Reg_LOPSRM
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Mismo título
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Mismo título
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