QUINTO.- La Secretaría en un plazo no mayor de 180 días publicará la Carta Nacional Pesquera. En tanto ésta no sea publicada, la Secretaría continuará dictando sus resoluciones conforme a la información disponible.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.- Ernesto Zedillo Ponce de León.- Rúbrica.- La Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, Julia Carabias Lillo.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, José Ramón Lorenzo Franco.- Rúbrica.