Lectura de artículo · Reg_LSEM

Artículo Transitorio NOVENO

REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Transitorio NOVENO

Transitorios

NOVENO. Los procedimientos administrativos disciplinarios en trámite a la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, se substanciarán y resolverán conforme a las disposiciones vigentes en el momento en que se iniciaron, salvo aquéllas que resulten de beneficio para los miembros del Servicio Exterior sujetos a tales procedimientos.

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