Transitorios
SÉPTIMO. El examen al rango de consejero de los primeros secretarios que a la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento hayan aprobado el examen de media carrera, se limitará a los exámenes de habilidades gerenciales y liderazgo, así como teórico-práctico de asuntos consulares y de protección a que se refiere el artículo 52 del presente Reglamento.