Artículo 36 Bis

Capítulo Décimo - Del Subsistema de Ingreso

Artículo 36 Bis.- Cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá continuar participando en el proceso de selección, y se le deberá notificar el motivo de la eliminación de su participación y el fundamento de esta determinación.

Artículo adicionado DOF 04-01-2024

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