Artículo 191. El patrón o sujeto obligado, podrá presentar la solicitud a que se refiere el artículo anterior en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación de la multa impuesta, siempre y cuando no haya interpuesto recurso de inconformidad.
Reglamento [Reg_LSS_MACERF]
Artículo 191 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
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TÍTULO SÉPTIMO - IMPOSICIÓN DE MULTAS · CAPÍTULO ÚNICO - DE LAS MULTAS
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