Artículo 193. La unidad administrativa que conozca la solicitud resolverá en un plazo no mayor a diez días hábiles, contados a partir de la presentación de dicha solicitud, considerando la justificación y los documentos presentados. La resolución que recaiga a la solicitud será notificada al patrón.
Reglamento [Reg_LSS_MACERF]
Artículo 193 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO SÉPTIMO - IMPOSICIÓN DE MULTAS · CAPÍTULO ÚNICO - DE LAS MULTAS
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (Reg_LSS_MACERF)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.