Artículo 54. Las modificaciones descendentes del salario de los trabajadores, presentadas fuera de los plazos señalados en la Ley, surtirán efectos a partir de la fecha de recepción de los avisos por el Instituto.
Reglamento [Reg_LSS_MACERF]
Artículo 54 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
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TÍTULO SEGUNDO - AFILIACIÓN · CAPÍTULO IV - DE LAS MODIFICACIONES SALARIALES DE LOS TRABAJADORES
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