Ley [124]
Artículo 5o de Ley Federal Del Mar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 5o.- Los Estados extranjeros y sus nacionales, al realizar actividades en las zonas marinas enumeradas en el Artículo ., observarán las disposiciones que para cada una de ellas establece la , con los derechos y obligaciones consecuentes.