Ley [124]

Artículo 5o de Ley Federal Del Mar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 5o.- Los Estados extranjeros y sus nacionales, al realizar actividades en las zonas marinas enumeradas en el Artículo ., observarán las disposiciones que para cada una de ellas establece la , con los derechos y obligaciones consecuentes.

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