Ley [157]

Artículo 7 de Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 7.- La Junta Directiva estará integrada por nueve miembros que el Colegio Académico designará por mayoría de votos, tres de los cuales, cuando menos, deberán ser miembros del personal académico de la Universidad.

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