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Ley De Amnistía (19)
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Ley De Amnistía
Resumen de la ley
Esta Ley De Amnistía de 1994 decreta amnistía para personas contra quienes se haya ejercitado o pudiera ejercitarse acción penal federal por delitos cometidos con motivo de los hechos de violencia ocurridos en varios municipios de Chiapas entre el 1 y el 20 de enero de 1994. También permite que personas sustraídas a la justicia se beneficien si entregan rehenes, armas, explosivos, instrumentos u objetos empleados, en los términos fijados por la Comisión. Sus efectos extinguen acciones penales y sanciones, dejan subsistente la responsabilidad civil y protegen a las personas beneficiadas frente a nuevas investigaciones o procesos por los mismos hechos.
Lo esencial
Qué regula
- Amnistía por hechos de violencia ocurridos en Chiapas en enero de 1994.
- Delitos federales relacionados con esos hechos.
- Integración de una Comisión para coordinar la aplicación.
- Condiciones para personas sustraídas a la acción de la justicia.
- Extinción de acciones penales y sanciones.
- Subsistencia de responsabilidad civil.
- Protección contra nuevas investigaciones o procesos por los mismos hechos.
A quién aplica
- Personas con acción penal ejercitada o posible ante tribunales federales por los hechos descritos.
- Personas sustraídas a la justicia dentro o fuera del país por esos delitos.
- Personas beneficiadas por la amnistía en relación con hechos de Chiapas de enero de 1994.
- Comisión integrada por el Ejecutivo Federal.
- Autoridades federales ministeriales, judiciales y penitenciarias.
- Víctimas o personas con derechos civiles derivados de los hechos.
Materias principales
- Amnistía federal.
- Conflicto social y hechos de violencia en Chiapas.
- Extinción de acción penal.
- Condiciones de entrega de armas y rehenes.
- Responsabilidad civil subsistente.
- No persecución futura por los mismos hechos.
- Coordinación por Comisión.
Derechos principales
- Derecho de beneficiarios a extinción de acción penal y sanciones.
- Derecho a no ser investigado, citado, detenido, aprehendido, procesado o molestado por los hechos comprendidos.
- Derecho de personas sustraídas a beneficiarse si cumplen condiciones.
- Derecho de víctimas o terceros a conservar acciones civiles.
- Derecho a aplicación coordinada por una Comisión.
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- El Ejecutivo Federal debe integrar una Comisión para coordinar la aplicación.
- Personas sustraídas deben entregar rehenes, armas, explosivos, instrumentos u objetos empleados para acceder al beneficio condicionado.
- Autoridades penales deben extinguir acciones o sanciones cuando proceda.
- Autoridades deben respetar la no persecución futura por los mismos hechos.
- Responsabilidad civil debe conservarse a salvo.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Aplicación de amnistía por hechos comprendidos.
- Coordinación de actos por la Comisión.
- Entrega de rehenes, armas, explosivos u objetos en casos de personas sustraídas.
- Extinción de acción penal.
- Extinción de sanciones.
- Cese de investigaciones o procesos por los mismos hechos.
Sanciones o consecuencias
- Extinción de acciones penales.
- Extinción de sanciones impuestas.
- Subsistencia de responsabilidad civil.
- No procedencia de nuevas molestias o procesos por los hechos amnistiados.
- El beneficio condicionado puede depender del cumplimiento de entrega de armas, rehenes u objetos.
Definiciones importantes
| Concepto | Significado en la ley |
|---|---|
| Amnistía | Beneficio legal que extingue acciones penales y sanciones por hechos comprendidos en la ley. |
| Comisión | Órgano integrado por el Ejecutivo Federal para coordinar actos de aplicación. |
| Hechos comprendidos | Hechos de violencia relacionados con varios municipios de Chiapas entre el 1 y el 20 de enero de 1994. |
| Personas sustraídas | Personas fuera del alcance de la justicia que pueden beneficiarse si cumplen condiciones. |
| Responsabilidad civil | Obligación que subsiste aunque se extinga la consecuencia penal. |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1o | Define hechos, periodo y personas beneficiarias. |
| 2o | Regula beneficio condicionado para personas sustraídas. |
| 3o | Establece extinción de acciones penales y sanciones. |
| 4o | Prohíbe nueva persecución o molestia por los hechos comprendidos. |
Mapa de temas
| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
|---|---|---|
| Declaratoria de amnistía | 1o | Identificar hechos, periodo y delitos comprendidos. |
| Personas sustraídas | 2o | Revisar condiciones de entrega de rehenes, armas u objetos. |
| Efectos penales | 3o | Entender extinción de acciones penales y sanciones. |
| Protección futura | 4o | Saber que no procede nueva persecución por los mismos hechos. |
| Transitorios | Transitorios | Ubicar entrada en vigor y aplicación inicial. |
Plazos importantes
- La amnistía cubre hechos ocurridos del 1 de enero de 1994 al 20 de enero de 1994 a las quince horas.
- La entrada en vigor se determina en sus artículos transitorios.
- Las condiciones para personas sustraídas se fijan por la Comisión.
- No establece un procedimiento amplio de plazos como la ley de amnistía de 2020.
Preguntas frecuentes
¿De qué trata esta Ley De Amnistía?
Decreta amnistía por delitos federales relacionados con hechos de violencia ocurridos en municipios de Chiapas en enero de 1994.
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para revisar si hechos penales vinculados con ese periodo y contexto quedaron comprendidos por la amnistía.
¿Qué efectos tiene?
Extingue acciones penales y sanciones por los hechos comprendidos, pero deja subsistente la responsabilidad civil.
¿Protege contra nuevas investigaciones?
Sí. Las personas beneficiadas no pueden ser investigadas, citadas, detenidas o procesadas nuevamente por los hechos comprendidos.
¿Es la misma Ley de Amnistía de 2020?
No. Esta es una ley especial publicada en 1994 sobre hechos de Chiapas; la ley de 2020 regula otros supuestos.
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