Ley [218]

Artículo 1,036 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 1,036.- La revista se pasará a popa, sin armas, si preside empleado de Hacienda, o con ellas si es Oficial General, desfilando las brigadas en el orden numérico, saludando los Oficiales y repitiendo su nombre los individuos de marinería.

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