Ley [218]
Artículo 1,233 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,233.- Al arbolarse la insignia de un Oficial General que tome el mando de una Escuadra, División o Grupo, el buque en que se arbole, la saludará con la salva que corresponda.