Ley [218]

Artículo 1,233 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 1,233.- Al arbolarse la insignia de un Oficial General que tome el mando de una Escuadra, División o Grupo, el buque en que se arbole, la saludará con la salva que corresponda.

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