Ley [218]

Artículo 1,235 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 1,235.- Si un Oficial General asume el mando de una Escuadra, División o Grupo, en presencia de insignia superior o más antigua, una vez terminado el saludo hecho a su insignia, saludará a la del más antiguo.

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