Ley [218]

Artículo 254 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 254.- Será responsable ante el Oficial de artillería de la limpieza y conservación de los cañones, juegos de armas, pertrechos y accesorios, pañoles de municiones y pólvora, elevadores de municiones y pañoles de cargo, etc., etc.

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