Ley [218]
Artículo 343 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 343.- Estarán a su cuidado los efectos de bitácora y vigilará que el guarda-banderas tenga éstas en el mejor orden de conservación y pronto servicio, así como los faroles de situación y señales, agujas, círculos de marcar, anteojos y demás instrumentos y objetos.