Ley [218]

Artículo 368 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 368.- Cuidará escrupulosamente de la limpieza de cubierta y procurará mantenerla siempre seca, bien barrida y sin manchas, haciendo colocar escupideras en los lugares designados, así como esteras, palletes o tiras de lona en los que se ensuciaren fácilmente, tales como las proximidades de las cocinas, entrada de jardines, alrededor de los ceniceros, etc.

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