Artículo 369

Artículo 369.- Fondeado el buque, se asegurará de que las cadenas de las anclas en servicio estén bien abozadas y de que todo se halle listo para filar o fondear otra ancla; y en caso de mal tiempo redoblará su vigilancia a fin de poder dar parte al Oficial de guardia cuando el barco garree. Cuidará que las cadenas no tengan vueltas e inspeccionará con frecuencia los boyarines de las anclas, atendiendo al buen servicio de mordazas y estopores.

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