Ley [218]

Artículo 584 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 584.- Los libros y carpetones que deberá llevar el Oficial de equipo para auxiliar al Jefe del Detall, estarán bajo su guarda y cuidado, debiendo anotarlos en el mejor orden.

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