Ley [218]
Artículo 583 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 583.- Navegando en Escuadra, presenciará e intervendrá la entrega el Jefe del Estado Mayor de la misma.
Ley [218]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 583.- Navegando en Escuadra, presenciará e intervendrá la entrega el Jefe del Estado Mayor de la misma.