Ley [238]

Artículo 2o de Ley De Capitalización Del Procampo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 2o. Mediante se establece el Sistema de Garantías y Acceso Anticipado a Pagos Futuros del PROCAMPO, en adelante "El Sistema", como mecanismo para estimular la capitalización de los beneficiarios del programa, con base en las propuestas de los beneficiarios del PROCAMPO y de los criterios de priorización que establezcan las entidades federativas y los municipios.

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