"Un fuego vehemente asimila pronto cuánto se le arroja, lo convierte en sí mismo y se levanta aún más alto."
Marco Aurelio

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Ley De Energía Para El Campo (246)

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Ley De Energía Para El Campo

El texto fuente indica que la Ley De Energía Para El Campo fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002. También señala texto vigente con última reforma publicada el 28 de diciembre de 2012. Para aplicar beneficios concretos deben revisarse reglamento, padrones, reglas y publicaciones vigentes del programa.

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Relación normativa

Reglamentos vinculados

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Resumen de la ley

La Ley De Energía Para El Campo establece apoyos mediante precios y tarifas de estímulo para energéticos agropecuarios, con el fin de impulsar productividad y competitividad rural. Es reglamentaria de los artículos 25, 27 fracción XX y 28 constitucionales y se vincula con la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Regula sujetos beneficiarios, cuota energética, programa, dictamen de asignación, usos autorizados, supervisión, transmisión con la tierra, trámites, baja de saldos no usados, infracciones y sanciones por desvío o comercialización de la cuota energética.

Desarrollo rural y productividad. Energéticos agropecuarios. Tarifas y precios de estímulo. Cuota energética. Apoyos al campo. Maquinaria agrícola y bombeo. Pesca ribereña y acuacultura. Supervisión y transparencia.

Lo esencial

Qué regula

  • Programa de precios y tarifas de estímulo de energéticos agropecuarios.
  • Sujetos beneficiarios vinculados al desarrollo rural.
  • Cuota energética de consumo por beneficiario.
  • Energéticos agropecuarios.
  • Usos permitidos en maquinaria, bombeo, tractores, motores y embarcaciones.
  • Dictamen y asignación por la Secretaría de Agricultura.
  • Opinión de Hacienda y Energía para cuotas.
  • Supervisión y verificación.
  • Publicidad de beneficiarios y solicitudes desechadas.
  • Infracciones por desvío o comercialización de cuota energética.

A quién aplica

  • Productores y sujetos previstos en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
  • Beneficiarios del programa de energía para el campo.
  • Personas dedicadas a agricultura, ganadería, silvicultura, acuacultura y pesca ribereña.
  • Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Secretaría de Energía.
  • Autoridades encargadas de supervisión y verificación.
  • Productores que transmiten uso o posesión de tierra con cuota energética.

Materias principales

  • Desarrollo rural y productividad.
  • Energéticos agropecuarios.
  • Tarifas y precios de estímulo.
  • Cuota energética.
  • Apoyos al campo.
  • Maquinaria agrícola y bombeo.
  • Pesca ribereña y acuacultura.
  • Supervisión y transparencia.
  • Transmisión de cuotas vinculadas a tierra.
  • Infracciones y pérdida de beneficios.

Derechos principales

  • Derecho de beneficiarios elegibles a solicitar cuota energética conforme a requisitos.
  • Derecho a tarifas o precios de estímulo cuando proceda.
  • Derecho a que la asignación sea pública y consultable.
  • Derecho a que solicitudes desechadas sean publicadas conforme a la ley.
  • Derecho a usar la cuota en maquinaria, bombeo, tractores, motores o equipos autorizados.
  • Derecho a transmisión de la cuota con el uso o posesión de la tierra, conforme a notificación aplicable.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • Secretaría de Energía.
  • Poder Ejecutivo Federal.
  • Autoridades responsables del Reglamento.
  • Delegaciones o ventanillas de atención al programa.
  • Autoridades de supervisión y verificación.

Obligaciones principales

  • Beneficiarios deben usar la cuota exclusivamente para fines autorizados.
  • Deben cumplir condiciones, trámites y requisitos reglamentarios.
  • Deben notificar transmisión del uso o posesión de la tierra junto con la cuota.
  • Deben dar de baja saldos no usados al final del ciclo productivo.
  • La Secretaría debe dictaminar, asignar y supervisar cuotas.
  • Hacienda y Energía emiten opinión para establecer cuotas.
  • El programa debe prever recursos en Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Solicitud de inscripción o acceso al programa.
  • Dictamen de Secretaría de Agricultura.
  • Asignación de cuota energética.
  • Publicación de beneficiarios y solicitudes desechadas.
  • Uso de cuota en equipos autorizados.
  • Notificación de transmisión de uso o posesión de tierra.
  • Baja de saldo no utilizado al cierre de ciclo productivo.
  • Supervisión y verificación de uso.
  • Procedimiento por infracción y pérdida de cuota.

Sanciones o consecuencias

  • Desviar la cuota energética a fines distintos genera pérdida de cuota por dos ciclos productivos inmediatos posteriores.
  • Comercializar la cuota energética genera la misma sanción.
  • La reincidencia provoca pérdida definitiva de la cuota energética.
  • El uso indebido puede impedir el acceso a apoyos posteriores.
  • Incumplir requisitos reglamentarios puede causar rechazo de solicitud o cancelación del beneficio.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Actividades agropecuariasAgricultura, ganadería, silvicultura, acuacultura y pesca ribereña.
Cuota energéticaVolumen de consumo de energético agropecuario asignado a cada beneficiario.
Energéticos agropecuariosInsumos energéticos usados directamente en actividades reguladas.
ProgramaPrograma de precios y tarifas de estímulo previsto en la ley.
BeneficiarioSujeto que recibe cuota energética conforme a dictamen y requisitos.
SecretaríaSecretaría de Agricultura competente para aplicar la ley.
Precio o tarifa de estímuloApoyo para reducir costos energéticos de producción rural.
Ciclo productivoPeriodo de trabajos productivos en el que se usa la cuota energética.
Consulta guiada

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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define objeto constitucional y finalidad rural.
2Identifica sujetos beneficiarios.
3Contiene definiciones centrales.
4Ordena programa de precios y tarifas de estímulo.
6Regula entrega de cuota energética por beneficiario.
7Señala usos exclusivos autorizados.
8Regula establecimiento de cuotas.
9Exige supervisión, verificación y publicidad.
10Vincula cuota con transmisión de tierra.
12Regula baja de saldo no utilizado.
13 y 14Establecen infracciones y sanciones.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Objeto y sujetos1 a 3Entender finalidad, beneficiarios y conceptos.
Programa de estímulos4 a 9Revisar cuotas, tarifas, dictamen, usos y supervisión.
Beneficiarios10 a 12Consultar transmisión, trámites y saldos no usados.
Infracciones y sanciones13 y 14Identificar desvío, comercialización y pérdida de cuota.
TransitoriosTransitoriosUbicar entrada en vigor y reglamentación.
Plazos importantes
  • La asignación de cuota energética debe publicarse al inicio de cada ciclo productivo.
  • Los beneficiarios deben dar de baja el saldo no utilizado al final de los trabajos del ciclo productivo.
  • La sanción ordinaria por infracción cubre los dos ciclos productivos inmediatos posteriores.
  • En reincidencia, la pérdida de la cuota energética es definitiva.
  • La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación conforme a sus transitorios.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley De Energía Para El Campo?

Regula apoyos mediante precios y tarifas de estímulo para energéticos usados directamente en actividades agropecuarias y rurales.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar cuotas energéticas, beneficiarios, usos autorizados, supervisión, publicación de padrones o sanciones por uso indebido.

¿Qué es la cuota energética?

Es el volumen de energético agropecuario asignado a un beneficiario para actividades autorizadas conforme al programa.

¿Se puede vender la cuota energética?

No. Comercializar la cuota energética es infracción y puede generar pérdida del beneficio.

¿Qué pasa si no uso todo el saldo?

El beneficiario debe dar de baja el saldo no utilizado al final de los trabajos del ciclo productivo, conforme al reglamento.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley De Energía Para El Campo

17 artículos disponibles en 246.

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LEY DE ENERGÍA PARA EL CAMPO
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 28-12-2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
“EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A: