Ley [96_190418]
Artículo 56-bis de Ley Del Servicio Exterior Mexicano
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 56-bis.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las irregularidades en las que se pueden incurrir, durante el ejercicio de funciones como Miembros del Servicio Exterior, las sanciones aplicables a las mismas, así como el procedimiento para su aplicación.
Artículo adicionado DOF